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EL TRIBUNAL DE LA UE AVALA LA PROHIBICIÓN DE REALIZAR EL DESCANSO SEMANAL NORMAL EN LA CABINA

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EL TRIBUNAL DE LA UNIÓN EUROPEA AVALA LA PROHIBICIÓN DE REALIZAR EL DESCANDO SEMANAL NORMAL EN LA CABINA

 

Muy malas noticias para el sector, porque generará muchas complicaciones y gastos  para el sector, por la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de prohibir  de manera taxativa la realización del descanso semanal de al menos 45 horas en cabina a través de una sentencia hecha pública ayer, 20 de diciembre.

Para el máximo organismo judicial europeo “el Reglamento de la Unión que armoniza las disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera contiene manifiestamente la prohibición de que los conductores tomen los períodos de descanso semanales normales en el vehículo.

En este sentido, el Tribunal argumenta que la finalidad principal del Reglamento es mejorar las condiciones de trabajo del personal del sector del transporte por carretera y la seguridad vial en general” y concluye que “el legislador quiso ofrecer a los conductores la posibilidad de pasar sus períodos de descanso semanales normales en un lugar que ofrezca condiciones de alojamiento adaptadas y adecuadas.

Así las cosas, según consta literalmente en la sentencia y pese a los esfuerzos de los fabricantes por ofrecer habitáculos confortables y equipados con todas las comodidades, “una cabina de camión no parece constituir un lugar de descanso adaptado a períodos de descanso más largos que los períodos de descanso diarios y los períodos de descanso semanales reducidos”. Es más, para el Tribunal, en el caso de que pudieran realizarse los períodos de descanso semanales normales en cabina, también se podrían “efectuar la totalidad de sus períodos de descanso en la cabina del vehículo, lo que sería manifiestamente contrario al objetivo de mejorar las condiciones de trabajo de los conductores”.

  • En nuestra opinión hay un desconocimiento de las realidad de los camiones actuales, más modernos, que  a veces son bastante mejores que  algunas habitaciones de algunas pensiones o  moteles

La sentencia resuelve un recurso de anulación presentado por la empresa belga Vaditrans ante el Consejo de Estado belga (Raad van State) contra un Real Decreto belga que fija multas de 1.800 euros a los conductores de camión que efectúen su período de descanso semanal normal en cabina. Al respecto, el Tribunal de Justicia de la UE estima que “el Reglamento contiene manifiestamente la prohibición de tomar los períodos de descanso semanales normales en el vehículo e impone a los Estados miembros la obligación de establecer las sanciones aplicables a las infracciones de dicho Reglamento.

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