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CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS POR LOS CONDUCTORES PROFESIONALES Y EL CORONAVIRUS

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LABORES DE CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS - MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS CONDUCTORES PROFESIONALES POR EL CORONAVIRUS

Condiciones generales de contratación, carga y descarga:

De acuerdo con los establecido en la Orden FOM/1882/2012, de 1 de agosto, por la que se aprueban las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera y enejecución de los criterios marcados por el artículo 20.1, 2 y 4 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, se establece que:

4.14Carga del envío:  Las operaciones de carga del envío a bordo del vehículo serán por cuenta del cargador, salvo que el porteador hubiese asumido expresamente su realización antes de la efectiva presentación del vehículo para su carga. Igual régimen será de aplicación respecto de la estiba de las mercancías

6.8Descarga de las mercancías:  La descarga del vehículo será por cuenta del destinatario, salvo que el porteador hubiese asumido expresamente realizar dicha operación antes de la efectiva presentación del vehículo en destino a la finalización del viaje.

Excepción: En el caso de la paquetería y similares las labores de carga y descarga serán por cuenta del transportista.

Por lo tanto, la carga y descarga de mercancías es una obligación, salvo pacto entre las partes por escrito y antes de la realización del servicio de transporte, del cargador o del destinatario, y por otro lado, las medidas de seguridad y salud de los conductores profesionales por la pandemia del Coronavirus, dicen que:

Medidas de seguridad y salud de los conductores profesionales por Coronavirus:

Las medidas de seguridad y salud establecidas para la lucha contra la pandemia del Coronavirus, aconsejan que el conductor se mantenga en la cabina, con su mascarilla y alejándose en lo posible de contactos con el personal de los almacenes o puntos de carga o descarga de mercancías, salvo en los casos de paquetería, reparto y similares…., en los que son necesarias la labores de carga, descarga y distribución por parte del conductor profesional.

 

RECOMENDACIONES DE SEGURIDAD Y SALUD CONDUCTORES PROFESIONALES Y CORONAVIRUS

Entre otras, las recomendaciones serían:

  • Guardar una distancia preventiva mínima de 1,5 metros en cualquier contacto con otras personas (carga, descarga, estiba, acarreo, reuniones, comidas, descansos, etc.); aumentar la precaución en la recogida, manipulación y entrega de mercancías en la medida de lo posible y en el intercambio de documentación en los sitios de carga y descarga se recomienda que los conductores utilicen guantes desechables y usen su propio bolígrafo para firmar.
  • Además, siempre que sea posible, los conductores no intervendrán en la carga y descarga, siendo ésta responsabilidad del centro donde cargue o descargue, debiendo mantenerse dentro de la cabina o en zonas especialmente habilitadas. En las cargas y descargas en los puertos los conductores deberán permanecer el menor tiempo posible con el fin de procurar la menor exposición al riesgo que pueda suponer el origen de las mercancías, procurando la autoridad competente reducir los tiempos de inspección.
  • En el caso de no disponer de mascarillas, guantes o geles desinfectantes dada la dificultad de suministro por parte de los fabricantes se recomienda que les sean suministrados en los puntos de carga y descarga, así como también se recomienda evitar las concentraciones y lugares públicos de más de diez personas de procedencias diversas, entre otras medidas preventivas.
  • A todo ello se suman medidas de limpieza de la cabina del conductor, de las instalaciones y zonas de contacto, así como medidas de protección personal.

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